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Cómo repartir una herencia paso a paso: guía completa para evitar problemas entre herederos

8 Jul, 2026 | Herencias

Perder a un ser querido nunca es fácil. A la carga emocional se suma, en muchas ocasiones, la necesidad de gestionar su patrimonio y repartir la herencia entre los herederos. Es un proceso que puede parecer sencillo cuando existe acuerdo entre todas las partes, pero que suele generar numerosas dudas e incluso conflictos familiares cuando aparecen discrepancias sobre el reparto de los bienes.

¿Es obligatorio aceptar una herencia? ¿Qué ocurre si no hay testamento? ¿Cómo se calcula la legítima? ¿Quién decide cómo se reparten los bienes? ¿Qué impuestos hay que pagar? Estas son algunas de las preguntas más frecuentes que reciben los despachos especializados en Derecho de Sucesiones.

En esta guía encontrarás una explicación clara y práctica sobre cómo repartir una herencia en España, qué pasos deben seguirse y cómo evitar los errores más habituales.


¿Qué significa repartir una herencia?

Repartir una herencia consiste en adjudicar los bienes, derechos y también las obligaciones que deja una persona tras su fallecimiento entre quienes tienen derecho a recibirlos.

Cuando hablamos de una herencia no solo nos referimos a viviendas o dinero. También forman parte de ella:

  • Viviendas.
  • Locales comerciales.
  • Fincas rústicas.
  • Garajes.
  • Vehículos.
  • Dinero en cuentas bancarias.
  • Fondos de inversión.
  • Acciones.
  • Joyas.
  • Derechos de crédito.
  • Participaciones en empresas.
  • Deudas pendientes.

Por ello, antes de repartir cualquier bien es imprescindible conocer exactamente qué integra el patrimonio hereditario.


El primer paso: comprobar si existe testamento

El testamento es el documento en el que una persona manifiesta cómo desea que se repartan sus bienes tras su fallecimiento.

No obstante, muchas personas creen erróneamente que el testamento permite dejar toda la herencia a quien se quiera.

En España esto no siempre es así.

Nuestro Código Civil protege a determinados familiares mediante la denominada legítima, una parte de la herencia reservada obligatoriamente a ciertos herederos.

Por tanto, incluso existiendo testamento, habrá que comprobar si respeta los derechos de los herederos forzosos.


¿Qué ocurre si no hay testamento?

Cuando una persona fallece sin otorgar testamento, la ley determina quiénes serán sus herederos.

Este procedimiento recibe el nombre de declaración de herederos.

En términos generales, el orden de sucesión suele ser el siguiente:

  1. Hijos y descendientes.
  2. Padres y ascendientes.
  3. Cónyuge viudo.
  4. Hermanos y sobrinos.
  5. Otros parientes.
  6. El Estado, en ausencia de familiares con derecho a heredar.

Esto significa que la herencia no queda «sin dueño», sino que será la ley quien determine quién tiene derecho a recibirla.


Documentación necesaria para iniciar el reparto de una herencia

Antes de comenzar el reparto será necesario reunir determinada documentación.

La más habitual es:

  • Certificado de defunción.
  • Certificado de últimas voluntades.
  • Copia autorizada del testamento (si existe).
  • Escrituras de inmuebles.
  • Certificados bancarios.
  • Documentación de vehículos.
  • Recibos del IBI.
  • Información sobre préstamos pendientes.
  • Seguros de vida.
  • Referencias catastrales.

Disponer de toda esta información desde el principio agiliza considerablemente el procedimiento.


Inventario de bienes y deudas

Uno de los errores más frecuentes consiste en repartir los bienes sin elaborar previamente un inventario completo.

El inventario debe recoger tanto los activos como las obligaciones pendientes.

Bienes

  • Viviendas.
  • Garajes.
  • Terrenos.
  • Dinmuebles alquilados.
  • Cuentas corrientes.
  • Fondos.
  • Acciones.
  • Vehículos.
  • Objetos de valor.

Deudas

  • Hipotecas.
  • Préstamos personales.
  • Tarjetas de crédito.
  • Avales.
  • Impuestos pendientes.
  • Recibos impagados.

Es importante recordar que los herederos no solo reciben bienes, sino también determinadas obligaciones.


¿Es obligatorio aceptar una herencia?

No.

Aceptar una herencia es un acto voluntario.

Cada heredero puede decidir entre tres opciones:

Aceptarla pura y simplemente

En este caso recibe tanto los bienes como las deudas.

Aceptarla a beneficio de inventario

Esta modalidad protege el patrimonio personal del heredero.

Las deudas únicamente se pagan con los bienes heredados.

Es una opción especialmente recomendable cuando se desconoce la situación económica del fallecido.

Renunciar a la herencia

El heredero también puede renunciar.

Esta decisión suele adoptarse cuando las deudas son superiores al patrimonio heredado o cuando existen otros motivos personales o fiscales.


Cómo se calcula la legítima

La legítima es probablemente el concepto que más conflictos genera.

Se trata de la parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados familiares.

En el régimen general del Código Civil:

  • Un tercio corresponde a la legítima estricta.
  • Otro tercio puede utilizarse para mejorar a determinados descendientes.
  • El último tercio es de libre disposición.

No obstante, existen diferencias importantes según la comunidad autónoma, por lo que conviene analizar cada caso concreto.


¿Qué ocurre cuando los herederos no se ponen de acuerdo?

Esta es una situación mucho más habitual de lo que parece.

Las discrepancias suelen surgir por cuestiones como:

  • El valor de una vivienda.
  • Quién se queda un inmueble.
  • El reparto del dinero.
  • El uso de una vivienda familiar.
  • La venta de bienes.

Cuando no existe acuerdo pueden buscarse soluciones mediante negociación o mediación.

Si finalmente no es posible alcanzar un entendimiento, será necesario acudir a la vía judicial para que sea un juez quien resuelva el conflicto.


¿Se puede vender una vivienda heredada?

Sí.

Pero antes deberán cumplirse varios requisitos.

Normalmente será necesario:

  • Haber aceptado la herencia.
  • Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad.
  • Liquidar los impuestos correspondientes.
  • Contar con el consentimiento de todos los copropietarios, salvo determinadas excepciones previstas por la ley.

Muchos conflictos familiares aparecen precisamente cuando uno de los herederos desea vender y otro quiere conservar el inmueble.

En estos casos resulta aconsejable buscar asesoramiento jurídico antes de tomar decisiones que puedan perjudicar a alguna de las partes.